Informe para demanda por la cláusula rebus sic stantibus respecto de contratos cuyas condiciones se han visto alteradas sustancialmente
Causas sobrevenidas
Esta cláusula viene a decir que ante situaciones no previstas -como el coronavirus y el estado de alarma posterior- que alteran el marco de circunstancias de un contrato previamente firmado entre las partes, hay que poder modificar, bien temporal o definitivamente, los términos iniciales del contrato para adaptarlos a las nuevas circunstancias, permitiéndose incluso la posible suspensión o resolución del contrato sin indemnización alguna.
Pericial económica
El informe pericial económico emitido para el caso concreto debería ser capaz de poner en conexión los efectos del coronavirus y el estado de alarma con el rendimiento comercial del negocio afectado, de forma que quede probado el grado de afectación real que la crisis sanitaria y económica ha tenido sobre los ingresos y los gastos de la empresa arrendataria o del comercio en cuestión.