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El informe pericial por daño emergente y lucro cesante

Veamos un ejemplo de daño emergente

Podemos debatir si acudir a un centro de cirugía ocular en Barcelona de mucho renombre y pretigio, habiendo otros centros con precios más contenidos en el caso de una persona que ha sufrido daños por la intervención de un tercero.

En este caso el juez puede reconocerle el derecho de acudir al centro que más garantía le ofrezca de cara a recuperar el órgano afectado y, por tanto, recuperar todos aquellos gastos generados serían pueden ser considerados como daño emergente y consecuentemente abonados por el causante del hecho.

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Claves para delimitar el daño emergente

Pasamos a indicar algunas ideas claves relativas a daño emergente y que deben tenerse en cuenta a la hora de realizar un informe pericial válido:

En primer lugar, el daño emergente debe demostrarse que es un hecho cierto y realmente producido.

En segundo lugar, para que la prueba pericial (conformada por el informe pericial propiamente) resulte relevante hay que alimentarla del suficiente fundamento para que los elementos que incorporen el informe pericial delimiten de manera clara el daño emergente y resulte consistente pues, en otro caso, la prueba pericial carecerá de valor debido a la delimitación errónea de aquello que debe integrar dicho daño.

¿Qué elementos integran el daño emergente?

Pues bien, los componentes que integran el daño emergente serían aquellos que por su naturaleza y carácter extraordinario a la actividad de la compañía suponen un sobrecoste o un coste adicional que, de no haberse producido el hecho causante del perjuicio económico, no hubiera tenido lugar.

Ahora bien, delimitado de una manera meridiana el concepto y componentes del daño emergente conviene conocer el proceso que determina la cuantificación del éste.

Pues bien, el proceso de valoración del daño emergente supone desplegar una serie de procesos encaminados a analizar, así como, supervisar los apuntes tanto contables como extracontables o complementarios a la propia contabilidad y gestión que se desarrolla en la empresa, pero además exige encuadrar los criterios por los cuales se procede a valorar el gasto, y por supuesto todo ello según cada uno de los tipos de costes a determinar.

Lo importante e implícito de cualquier elemento que integra el daño emergente es tanto el carácter excepcional respecto del desarrollo de la actividad, como que se trate de un elemento valorable económicamente.

La causalidad como punto de unión

Otro elemento necesario que debe existir al analizar el daño emergente es el nexo causal que debe existir entre el hecho, o desencadenante, producido por un tercero y el daño efectivamente producido, el cual no solo va a generar un daño emergente, sino que muy probablemente va a producir además un lucro cesante.

Valoración del daño emergente

La valoración del daño emergente se correspondería con el coste de cuantas reparaciones resulten necesarias para restituir la situación inicial, por tanto, incluiría no solo el daño producido, sino además el resto de los gastos en los que se debe incurrir a consecuencia del hecho ocurrido. Por tanto, la cuantificación del daño emergente estará representado por todos lo gastos ocasionados y aquellos otros necesarios para restituir la situación anterior.

Todo lo indicado hace que sea necesario para el perjudicado la obligación de justificarlos, con facturas y demás documentos, así como demostrar la relación de causalidad con el hecho producido, todo ello resulta fundamental a la hora de elaborar el informe pericial de daños.

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Problemas de cuantificación del daño emergente

La clave para que todos los gastos se entiendan que se corresponden con el resarcimiento de un daño emergente previo es que dichos gastos deben quedar encuadrados dentro del contexto en el que se ha producido el hecho desencadenante, por ello, como ya se indicó anteriormente, no se puede aprovechar la ocasión para obtener mejora alguna.

El informe pericial por daño emergente

En los casos en los que se han producido daños a terceros y se produce una reclamación por parte del afectado, suele ser habitual la actuación de un perito economista tenga que acudir a la empresa o negocio para en base a su pericia evaluar los daños económicos. El dictamen emitido puede ser la base para reclamar o probrar el daño.

Un buen informe pericial de valoración tanto de daño emergente como de lucro cesante tiene que ser un documento eminentemente técnico, lo cual muestra un nivel de dificultad importante, pero debe estar escrito en un lenguaje sencillo a la vez para que resulte fácil de comprender tanto para los letrados como para jueces.

A pesar de ello es habitual encontrarnos con informes periciales económicos realizados de una manera poco metódica y sin el rigor mínimo exigido para acreditar de manera fundamentada la valoración de los daños en un contexto de litigio.

No se debe olvidar la importancia de la prueba pericial en aquellos procedimientos judiciales en lo que son necesarios unos conocimientos enormemente técnicos, por ello es habitual encontrarnos sentencias en las que se hace referencia directa a la transcendencia de la prueba pericial que se ha incorporado al procedimiento.

Es por ello por lo que, cuando un juez requiere de un informe pericial que le aporte luz y claridad, el perito económico o financiero encargado de la realización de éste debe demostrar, tanto por formación como por experiencia, que conoce y sabe aplicar la metodología y procedimientos adecuados al informe.

El lucro cesante y su cuantificación

Según se indica en el artículo 1.106 del C.C., “el lucro cesante es la ganancia que ha dejado de obtener el acreedor como consecuencia del hecho del que se es responsable”.

El lucro cesante es el beneficio económico dejado de obtener por la acción cometida por un tercero, es decir, producido un hecho concreto, se impide la obtención de una ganancia, en una relación directa de causa-efecto.

La determinación del lucro cesante, es decir, su cuantificación, resulta ser una labor compleja, reservada a expertos con experiencia suficiente en este tipo de informes.

En ACG CONSULTORES llevamos más de 15 año realizando informes periciales de en la valoración de lucro cesante producido como consecuencia de un hecho ajeno. La experiencia que se requiere en este tipo de informe pericial se debe principalmente a que es un documento enormemente técnico, pero a la vez requiere ser expresado en un lenguaje comprensible que permita, tanto a letrados como a juez, su entendimiento. Así pues, en dicho informe pericial debe confluir, calculo técnico, lenguaje sencillo y precisión en las conclusiones.

Anteriormente se indicó la importancia de la relación causa-efecto que debe haber entre el hecho producido y el efecto resultante, ello es debido a que la jurisprudencia normalmente exige que debe darse un nexo causal entre el acto producido y el beneficio dejado de obtener.

Contacte con nuestro equipo y le asesoramos sin compromiso alguno.

José Carlos Camacho Pérez

Soy economista y abogado. Experto en Informes Periciales Económicos y en Valoración de Empresas. Especialista en derecho concursal y Ley de segunda oportunidad.