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Informe pericial de lucro cesante: clave para reclamar cuando no renuevan la licencia de tu piso turístico

Introducción

La industria del turismo es uno de los pilares económicos más importantes en diversos países, entre ellos España. En este contexto, la oferta de pisos turísticos ha crecido exponencialmente en los últimos años, impulsada por plataformas digitales de alquiler vacacional y por la elevada demanda de visitantes internacionales y nacionales. Para poder explotar legalmente un piso turístico, el propietario debe obtener la licencia administrativa correspondiente que le habilite para ejercer esta actividad. Sin embargo, con la proliferación de este tipo de alojamientos, las administraciones competentes han comenzado a endurecer los requisitos y a limitar el número de licencias concedidas. El resultado es que muchos propietarios se enfrentan a la no renovación o a la retirada de licencias, lo que puede suponerles un perjuicio económico notable.

En este escenario, el concepto de lucro cesante cobra especial importancia. El lucro cesante se define como la ganancia que una persona (o empresa) deja de percibir a causa de un acto u omisión de un tercero o de la administración que impide o limita su actividad económica. Para acreditar este concepto ante un juez o ante la administración correspondiente, se hace indispensable la elaboración de un informe pericial que cuantifique y justifique de forma sólida y metódica el importe que se reclama.

El presente artículo, que supera las 1500 palabras, pretende profundizar en la trascendencia que reviste un informe pericial para valorar el lucro cesante en el caso de la no renovación de la licencia de un piso turístico. Se abordarán aspectos metodológicos, normativos y prácticos que permiten comprender la utilidad de este tipo de documento y el impacto que puede tener en la defensa de los derechos económicos del propietario afectado.


El marco normativo y la creciente complejidad de las licencias turísticas

Para comprender por qué un informe pericial de lucro cesante puede ser necesario en el contexto de la no renovación de la licencia de un piso turístico, resulta esencial enmarcar brevemente la situación legal. Cada comunidad autónoma en España establece su propia normativa sobre alquiler turístico, y dentro de cada territorio pueden existir reglamentaciones municipales específicas. Esta heterogeneidad normativa complica considerablemente la actividad de los propietarios, que deben estar al tanto de cambios legislativos y de nuevos requisitos.

Entre las razones más comunes para no renovar una licencia se encuentran:

  1. Cambios en la normativa local que restrinjan el número de licencias o la ubicación de los alojamientos.
  2. Revisión de requisitos técnicos o de habitabilidad que el inmueble ya no cumple.
  3. Cuestiones de conveniencia urbanística, derivadas de políticas públicas que buscan limitar el turismo de masas en zonas saturadas.
  4. Falta de adaptación a criterios de sostenibilidad, accesibilidad o control de ruidos.

Cuando un propietario se ve afectado por una decisión de la administración que le impide continuar explotando su piso como alojamiento turístico, las pérdidas potenciales pueden ser significativas. Pese a que en algunos casos la Administración puede justificar su decisión en el interés general, ello no exime a la autoridad de una eventual responsabilidad patrimonial si se demuestra que la negativa a renovar la licencia no está suficientemente motivada o ha causado un perjuicio antijurídico al titular. Incluso, en escenarios donde la administración actúa dentro de la legalidad, se abre la puerta a reclamaciones por parte del propietario cuando los cambios regulatorios sean súbitos o desproporcionados.

La reclamación de dicho perjuicio se fundamenta en el concepto de responsabilidad patrimonial del Estado o de la administración, y ahí es donde surge la necesidad de un informe pericial de valoración de lucro cesante. Este informe, elaborado por un experto economista, va a sustentar con datos y metodología rigurosa el importe indemnizatorio que se solicita, basándose en los ingresos que razonablemente el propietario podría haber obtenido de no haber mediado la no renovación de la licencia.


La naturaleza del lucro cesante en el ámbito de los pisos turísticos

Dentro del ámbito jurídico y económico, se distinguen principalmente dos tipos de daños indemnizables:

  1. Daño emergente: Son los perjuicios directos o gastos en los que incurre la víctima de un acto u omisión ilegal o antijurídica. Por ejemplo, si el propietario ha invertido en reformas para obtener la licencia y, de pronto, esta no se renueva, podría reclamar los costes asociados a esa inversión que no han sido amortizados.
  2. Lucro cesante: Hace referencia a la ganancia que el reclamante deja de percibir a consecuencia del acto lesivo. En el caso de un piso turístico, el lucro cesante está constituido por los ingresos netos que el propietario deja de obtener al verse privado de la posibilidad de explotar su inmueble en el mercado de alquiler vacacional.

La complejidad de cuantificar el lucro cesante se explica porque no se trata de un daño ya acontecido y objetivable de forma directa –como podría ser, por ejemplo, la factura de una reparación–, sino de una hipótesis de lo que hubiera sucedido si la actividad se hubiese podido desarrollar con normalidad. Por esta razón, en los tribunales se exige una prueba rigurosa de esta pérdida de oportunidad o de ganancia. Es en este punto en el que el informe pericial económico se convierte en el instrumento más adecuado para demostrar, mediante modelos estadísticos, análisis de mercado y criterios contables, la solidez de la reclamación y la cuantía del perjuicio sufrido.


El contenido y la metodología de un informe pericial de valoración de lucro cesante

Un informe pericial de valoración de lucro cesante para el caso de un piso turístico que ha perdido su licencia debe diseñarse metódicamente y con rigor. A grandes rasgos, se pueden destacar las siguientes etapas y contenidos esenciales:

1. Descripción de la situación y objeto del informe

En esta sección inicial, el perito economista debe describir:

  • Los antecedentes y la motivación del informe.
  • Los datos identificativos del propietario y del inmueble objeto de estudio.
  • El contexto normativo aplicable (comunidad autónoma, municipio y regulaciones sectoriales que afecten al piso turístico).
  • El objetivo principal: demostrar y cuantificar el lucro cesante derivado de la imposibilidad de explotar el inmueble con fines turísticos tras la no renovación de la licencia.

2. Análisis histórico de ingresos y gastos

Para poder estimar el beneficio que el propietario deja de obtener, es fundamental partir de datos históricos –si los hubiere– sobre los ingresos generados cuando el piso estaba en pleno funcionamiento. Entre estos datos destacan:

  • Facturación obtenida por alquiler vacacional en períodos anteriores.
  • Gastos de explotación (suministros, limpieza, gestión, comisiones de plataformas, etc.).
  • Estacionalidad: en la actividad turística, los flujos de demanda varían según la temporada del año, lo que afecta directamente a la ocupación y a las tarifas.

Si el propietario no cuenta con un historial previo (por ser un piso de nueva adquisición o por carecer de registros anteriores), el perito tendrá que recurrir a análisis comparativos con otros alojamientos de características similares en la misma zona.

3. Proyecciones de ingresos futuros y estimación de la tasa de ocupación

Una vez recopilados los datos históricos o estimados, el informe debe presentar una proyección de los ingresos que se habrían obtenido en los próximos años si la licencia se hubiera mantenido. Para ello, es habitual valerse de:

  • Modelos econométricos o de previsión estadística, tomando en cuenta la evolución de la demanda turística en la zona.
  • Tasas de ocupación promedio y tarifas diarias de mercado para inmuebles comparables.
  • Tendencias del sector turístico a nivel local (número de visitantes, gasto medio por turista, variaciones por temporada).

En este punto, es crítico justificar todos los supuestos y fuentes de información para minimizar la subjetividad y otorgar solidez técnica al informe.

4. Determinación de los costes deducibles y el beneficio neto

El lucro cesante se mide en términos de beneficio neto que deja de percibir el propietario, no únicamente la facturación. Por ello, se deben descontar:

  • Gastos variables vinculados a la ocupación (limpieza, lavandería, comisiones, etc.).
  • Gastos fijos (agua, electricidad, internet) si estos se mantienen con independencia de la ocupación. Sin embargo, en algunos casos, estos costes podrían considerarse parcialmente recuperables, por lo que el análisis debe ser sumamente meticuloso.
  • Gastos de mantenimiento y reparaciones, que tienden a aumentar con el uso turístico.

Tras restar todos estos costes de los ingresos brutos, se obtiene el beneficio neto, cifra que representa la base para el cálculo del lucro cesante reclamable. Se debe tener presente, además, la aplicación de criterios de capitalización o actualización al momento presente, teniendo en cuenta la tasa de descuento adecuada.

5. Tasa de descuento y horizonte temporal

La valoración de pérdidas futuras exige definir un horizonte temporal de referencia y aplicar una tasa de descuento para traer al valor presente las ganancias esperadas. Por ejemplo, si se estima que la licencia se habría mantenido al menos durante cinco años más, el perito suele proyectar los flujos de caja anuales (ingresos menos gastos) durante esos cinco años y actualizarlos a una fecha de referencia (generalmente, la fecha de presentación del informe o de la demanda).

La selección de la tasa de descuento es un punto clave, pues debe reflejar el riesgo de la actividad turística y la rentabilidad esperada. Por lo general, se justifica acudiendo a referencias de mercado, como la tasa libre de riesgo (letras del Tesoro) más una prima de riesgo asociada al sector turístico y a la naturaleza del negocio.

6. Conclusión pericial y cuantificación del lucro cesante

Finalmente, el informe cierra con una conclusión pericial que sintetiza toda la información analizada y presenta, de forma clara y detallada, la cuantía total que se considera representativa del lucro cesante sufrido. Esta cantidad, desglosada por períodos o por partidas, permite a la parte reclamante presentar su reclamación con un soporte objetivo y profesional.


El papel del perito economista en el proceso judicial o administrativo

Un perito economista no se limita únicamente a redactar el informe. Su participación es determinante en todas las fases de una posible reclamación judicial o administrativa:

  1. Fase preliminar y asesoramiento: El experto asesora al propietario sobre las posibilidades de éxito de la reclamación, evaluando la disponibilidad de datos y la solidez de la causalidad entre la no renovación de la licencia y la pérdida de ingresos.
  2. Elaboración del informe pericial: Redacta el documento formal, conforme a los requisitos de la ley de enjuiciamiento civil (si se trata de una reclamación ante los tribunales), y de las normas específicas aplicables. Debe cuidar la forma, la precisión de los datos y la trazabilidad de los cálculos para que el informe sea comprensible y defendible en juicio.
  3. Ratificación y defensa del informe en sede judicial: El perito, en caso de ser llamado, deberá comparecer ante el juez o tribunal para ratificar su informe y responder a las preguntas de las partes, así como a posibles aclaraciones o impugnaciones de la parte contraria o de la propia Administración.
  4. Negociación extrajudicial: En ocasiones, la existencia de un informe pericial sólido puede propiciar un acuerdo extrajudicial con la Administración o con la parte contraria antes de llegar a juicio. En este sentido, el perito puede desempeñar un papel mediador, explicando la metodología y las cifras a las que ha llegado, lo que en muchos casos agiliza la resolución del conflicto.

Importancia y beneficios de contar con un informe pericial bien fundamentado

La relevancia de un informe pericial para valorar el lucro cesante en la no renovación de una licencia turística es incuestionable. Algunos de los principales beneficios que aporta son:

  1. Rigor y credibilidad: Un informe pericial firmado por un economista experto confiere seriedad a la reclamación y permite diferenciar una simple especulación de una estimación fundada en datos verídicos y metodología contrastada.
  2. Prueba determinante ante tribunales: La jurisprudencia española otorga gran importancia a los informes periciales a la hora de valorar el lucro cesante, ya que el juez suele carecer de conocimientos técnicos avanzados para efectuar ese cálculo por sí mismo.
  3. Ahorro de tiempo y costes: Aunque contratar un perito conlleva un coste, este gasto se justifica si se traduce en un informe sólido que facilite un posible acuerdo con la Administración o con la parte contraria, evitando un litigio prolongado e incierto.
  4. Perspectiva objetiva y metodologías especializadas: Un perito economista aporta herramientas propias del análisis financiero y contable, modelos de previsión de ingresos y métodos de valoración de inversiones, lo que otorga objetividad a la estimación.
  5. Refuerzo argumental: Además de la pericia económica, un buen informe puede acompañarse de datos sobre la situación del mercado turístico local, la evolución de la demanda, referencias estadísticas oficiales o de organismos del sector (INE, Exceltur, etc.). Este refuerzo argumental ayuda a justificar la reclamación desde una perspectiva macro y microeconómica, no solo como un caso aislado.

Conclusiones

La no renovación de la licencia de un piso turístico puede constituir un duro revés para el propietario, que ve truncadas sus expectativas económicas y su modelo de negocio de forma, a menudo, repentina. En tales casos, la reclamación de los daños y perjuicios sufridos (y de manera muy señalada, el lucro cesante) requiere de un informe pericial que fundamente y cuantifique la pérdida de beneficio con la máxima precisión posible.

En un entorno legal complejo, donde las competencias municipales y autonómicas pueden variar significativamente, y ante un sector turístico con alta volatilidad, la figura del perito economista adquiere una importancia capital. Su labor es demostrar, mediante técnicas y metodologías específicas, cuál hubiera sido el curso normal de la actividad turística y cuál es la pérdida real de ingresos tras la no renovación de la licencia. El resultado de este trabajo no solo es una prueba esencial ante la justicia, sino también una poderosa herramienta de negociación con la Administración, que puede llevar a un acuerdo extrajudicial más rápido y efectivo.

El contenido y la metodología de un informe de valoración de lucro cesante han de ser exhaustivos e incluir: descripción del caso, análisis histórico y/o comparativo de ingresos y gastos, proyecciones y estimaciones ajustadas a la realidad del mercado, y una sólida justificación de cada uno de los supuestos y tasas de descuento aplicadas. Todo ello con el fin de dotar de la mayor solidez a las conclusiones finales, de forma que el juez o la entidad competente pueda considerar probada la magnitud del perjuicio económico.

Por tanto, la importancia de un informe pericial de valoración de lucro cesante en situaciones de no renovación de licencia turística es innegable. Se trata de un elemento probatorio de primer orden que, bien elaborado, puede marcar la diferencia entre el éxito y el fracaso de una reclamación. El rigor, la profesionalidad y el conocimiento profundo del sector turístico y de las técnicas de valoración económica resultan decisivos para la defensa de los legítimos intereses de los propietarios de pisos turísticos que, en muchos casos, se han visto afectados de manera drástica por cambios normativos o por decisiones administrativas cuyo alcance va más allá del interés general y conlleva una afección directa sobre sus derechos económicos.

En definitiva, contar con un economista experto en informes periciales de lucro cesante no es solo una opción, sino prácticamente una necesidad para afrontar con mayores garantías un proceso de reclamación por la no renovación de una licencia turística. La aportación de un informe detallado, claro, riguroso y sólido en su argumentación y estimaciones constituye la base sobre la que se asienta la cuantificación de un perjuicio que, por su propia naturaleza hipotética, resulta complejo de acreditar. La pericia económica, por tanto, se erige como el puente indispensable entre la realidad jurídica de la reclamación y la realidad económica que vive el propietario afectado.

José Carlos Camacho Pérez

Soy economista y abogado. Experto en Informes Periciales Económicos y en Valoración de Empresas. Especialista en derecho concursal y Ley de segunda oportunidad.