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El informe pericial por delito econ贸mico de apropiaci贸n indebida

Qu茅 se considera delito econ贸mico por apropiaci贸n indebida

El delito de apropiaci贸n indebida es un delito de car谩cter econ贸mico que se recoge en el art铆culo 253 del c贸digo penal (CP).

Se considera que se ha producido este delito cuando el que realiza la acci贸n se apropia de dinero o material que no le pertenece, o bien, lo ha recibido en dep贸sito con la obligaci贸n de devolverlo.

Para que se realice este tipo penal, es decir, para que se entienda que se ha producido el delito de apropiaci贸n indebida, es imprescindible el 谩nimo de lucro, seg煤n numerosas sentencias dictadas por el tribunal supremo (TS).

En este delito el bien jur铆dico protegido es la propiedad, es decir, a lo que se le da cobertura legar es al derecho de propiedad sobre un determinado bien.

El sujeto activo, es decir, quien comete el delito, es la persona que tiene en su poder esos bienes, esos efectos materiales, que no le pertenecen o que tiene la obligaci贸n de devolverlo.

El sujeto pasivo, es decir, el perjudicado cuando se produce este delito, es el propietario de esos bienes que ha dado el dep贸sito o con una finalidad y que no se le devuelve.

 Por su parte, el objeto material, es decir, el bien respecto del que se apropiado no devuelve, es precisamente ese dinero, esos efectos, esos valores, en definitiva, dichos bienes.

 Y, por 煤ltimo, hay que indicar que para que se produzca este delito, no es suficiente una conducta meramente omisiva, sino que necesariamente se tiene que dar la conducta de la apropiaci贸n.

Tambi茅n hay que a帽adir que en este tipo delictivo cabe la posibilidad de delito leve, es decir, que se considera que se ha producido a un bajo nivel, cuando los bienes respecto de los que se apropia no tienen un valor superior a 400 euros.

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Los delitos econ贸micos m谩s frecuentes de apropiaci贸n indebida

Como ejemplos de este tipo delictivo podemos mencionar que ser铆a el que cometer铆a aquel que recibe unos bienes de un patrimonio ajeno para que los administre y se lo queda para s铆 sin devolverlo.

Tambi茅n cometer铆a este delito el que adquiriendo mediante un contrato de leasing un autom贸vil, interrumpe los pagos y vende ese autom贸vil a otra persona, o bien, el que recibe el encargo de vender unos veh铆culos y se queda con el importe que percibe por esas ventas.

Igualmente podemos decir que estamos hablando de un delito de apropiaci贸n indebida cuando el presidente de un consejo de administraci贸n de una mercantil ,es decir, de una empresa ,que env铆a dinero de esa empresa a otra sociedad tercera con 谩nimo de distraer esos bienes, incluso aunque no se sepa exactamente qu茅 finalidad ha dado a ese dinero, puesto que el tipo delictivo se comete con la mera acci贸n de apropiaci贸n, o de distraer, incluso sin saber qu茅 destino se ha dado a esos bienes.

Otro ejemplo de delito por apropiaci贸n indebida ser铆a el que se comete cuando el que percibe en nombre de sus clientes una indemnizaci贸n la hace suya y no la traspasa a sus verdaderos propietarios que ser铆an sus clientes, o el que comete el que vendi贸 unos objetos que ten铆a en dep贸sito, o bien, se encontraban embargados por una resoluci贸n judicial, y se queda con el importe de esa venta.

Otro ejemplo ser铆a el que se da en el supuesto del matrimonio de los convivientes que tienen un patrimonio en com煤n y uno de ellos percibe un premio, pongamos el cup贸n de la once o un cup贸n de loter铆a, y se apropia del importe sin hacer part铆cipe a la otra persona de ese premio que ha obtenido.

La consumaci贸n del delito se produce cuando se da la conducta en s铆 de apropiaci贸n de un objeto que es ajeno, ocasionando al mismo tiempo un perjuicio al titular de ese bien.

Hay numerosa jurisprudencia del TS que establece que se dar谩 la apropiaci贸n indebida incluso aunque no se conozca el destino que se ha dado a esos bienes.

Este tipo penal se puede dar tambi茅n en concurso con otros tipos delictivos, es decir, se puede cometer a la vez que se comete otro delito econ贸mico como la estafa o la administraci贸n desleal, por parte de quien que est谩 obligado, con car谩cter jur铆dico, a administrar un patrimonio ajeno.

Adem谩s este tipo penal tambi茅n se puede dar de un modo agravado, es decir, con cierta gravedad en sus consecuencias, si concurren las circunstancias que se contienen en el art铆culo 250 del c贸digo penal, y en concreto esas circunstancias se dan cuando recaen sobre bienes de primera necesidad, como alimentos o medios de subsistencia, o viviendas, que se est茅 abusando de la firma que una persona ha dado a otra para determinadas negocios jur铆dicos o determinados asuntos, o bien, cundo nos estemos refiriendo a bienes que tienen especial relevancia hist贸rica ,art铆stica o cultural.

Igualmente cuando se trata de bienes con una caracter铆stica agravada, la cual se da cuando estos bienes tienen un valor superior a cincuenta mil euros, o bien, tambi茅n cuando la persona que ha cometido el delito haya sido condenada anteriormente por otros tres delitos que se contengan en el mismo cap铆tulo del c贸digo penal relativo a las estafas, a la apropiaci贸n indebida o a la administraci贸n desleal.

La importancia de un informe pericial realizado por un experto en apropiaci贸n indebida

Ni que decir tiene que en todos estos casos la intervenci贸n de un economista experto en apropiaci贸n indebida se hace absolutamente necesaria para determinar la existencia de dicho delito.

Por supuesto es evidente en casos de administraci贸n desleal, pero tambi茅n es necesaria la intervenci贸n de un perito economista experto con experiencia suficiente en cualquiera de los otros supuestos indicados.

Por ello, desde ACG CONSULTORES ponemos a la disposici贸n de aquellos que lo necesiten un equipo de expertos que informe sobre las circunstancias relativas a este tipo de asuntos.

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Jos茅 Carlos Camacho P茅rez

Soy economista y abogado. Experto en Informes Periciales Econ贸micos y en Valoraci贸n de Empresas. Especialista en derecho concursal y Ley de segunda oportunidad.