Informe pericial Cláusula Suelo

realizado por peritos economistas expertos en cláusula suelo

El informe pericial por cláusula suelo

Muchos despachos jurídicos ya nos han elegido como el equipo de economistas de referencia para la elaboración de los informes periciales económicos que necesitan.

Uno de los informes económicos que más nos solicitan el el informe económico por cláusula suelo.

La cláusula suelo es el tipo de interés mínimo que según la escritura de préstamo se va a cobrar al prestatario en un crédito referenciado, aún en el caso de que el tipo de referencia más el diferencial estipulado en dicha escritura sea inferior a dicho tipo mínimo.

Dicha cláusula ha sido declarada nula por los tribunales, por ello, ACG Consultores está al servicio tanto de despacho de abogados como de particulares para la realización del informe pericial necesario para la reclamación del importe a devolver por el impacto de dicha cláusula.

Dicho impacto supone un importe a devolver , además de la determinación de una nueva cantidad de capital pendiente de amortizar, normalmente menor a la que a la fecha de cálculo figura pendiente de amortizar.

Además del informe para reclamar por el efecto de la cláusula suelo, ACG Consultores realiza cualquier tipo de informe pericial económico y financieros que se pueda requerir en un procedimiento judicial, y todo ello con la solvencia de haber ayudado a ganar cientos de procesos judiciales en los que hemos intervenido.

¿En qué consiste la Cláusula Suelo?

La cláusula suelo es una condición acordada en los contratos de préstamo, normalmente hipotecarios, en virtud de la cual se estipula un tipo de interés mínimo aplicado en las cuotas del préstamo a raíz de la revisión del tipo de interés que se toma de referencia.

Normalmente, en la escritura de préstamo, la regulación de esta cláusula viene en la tercera bis y en otros casos en las advertencias notariales reflejadas que suele figurar al final del documento.

Dado que las entidades quieren asegurarse una rentabilidad mínima por el préstamo concedido, incluyeron dicha clausula suelo en los prestamos concedidos.

Esta práctica ha sido considerada ilegal porque no se explicó correctamente a los clientes y porque no se respetó el principio de proporcionalidad, incluyendo también una cláusula techo. Los jueces han dado la razón a los clientes y han dictaminado que los bancos y cajas deben devolver todo el dinero cobrado de más, así como los intereses legales, para lo cual se necesita un informe pericial riguroso que determine el importe de la reclamación en su totalidad.

 

La importancia de un equipo de peritos economistas expertos en cláusula suelo

Si tu préstamo incluye dicha clausula suelo y reclamas el importe pagado en exceso por aplicación de la misma, nuestro equipo de expertos le proporciona el informe de valoración de dicho importe.

Nuestra experiencia le puede aportar un informe pericial riguroso y probado en cientos de procedimientos judiciales.

El informe pericial que elaboramos está basado en el criterio experto de un perito economista experto y supone una referencia robusta que fortalece su reclamación.

Para tener éxito en su reclamación es muy importante contar con el apoyo de un equipo de expertos y peritos economistas y amplia experiencia y profesionalidad que pueda determinar con la máxima precisión y rigor el importe calculado, además de ratificarse ante el juez si fuera requerido,

¿Cómo se calcula el importe que el banco debe devolver por aplicar la cláusula suelo?

Para determinar adecuadamente el importe correspondiente al reintegro que el banco debe efectuar por aplicación de la cláusula suelo, resulta de suma importancia que el perito economista encargado del informe realice un análisis exhaustivo y minucioso de todas y cada una de las cláusulas que vinculan al prestatario con la entidad financiera. Posteriormente, es necesario que proceda a la ordenación cuidadosa y separación de toda la información relativa a las cuotas correspondientes, a fin de determinar exactamente la cantidad de capital amortizado, así como los intereses pagados y, en consecuencia, comprobar la integridad de las cuotas respectivas.

Una vez obtenida esta información, se procederá al recálculo del préstamo en base a las cláusulas acordados en el contrato original, omitiendo la cláusula conocida comúnmente como “suelo”. A continuación, se verificará exhaustivamente la totalidad de los resultados obtenidos y se efectuará la respectiva diferenciación entre el importe que debió haber sido pagado y el importe que, en efecto, ha sido abonado por el prestatario en términos de capital e intereses. La diferencia resultante representa, en esencia, un excedente de la amortización de capital pagado con el agregado del número de cuotas efectivamente cubiertas.

Es posible que durante los primeros periodos de pagos, no se observe la presencia de excedentes en interés abonado, y ello a consecuencia de que es habitual el acuerdo de fijar una tasa libre entre ambas partes.

En base a lo expuesto, es primordial contar con especialistas debidamente capacitados en esta disciplina, capaces de detectar aquellas irregularidades que, con frecuencia, son impuestas de manera premeditada y dolosa.