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Cuándo estamos ante un préstamo con usura

El delito de usura constituye una acción ilícita que implica la imposición de intereses exorbitantes en los préstamos o créditos, generando así beneficios injustos para la entidad financiera a expensas del prestatario.

La naturaleza del delito de usura plantea la necesidad imperiosa de contar con un respaldo sólido al enfrentarse a reclamaciones legales. En este sentido, un informe pericial económico se erige como un instrumento clave para evidenciar la excesividad de los intereses, proporcionando un análisis experto que respalde la posición del prestatario.

¿Cuándo se considera que un interés es usurario?

A lo largo de los últimos años, se han dictado y aprobado diversas sentencias que han establecido jurisprudencia respecto a la identificación de la usura en España. Según la legislación española:

«Para determinar la existencia de usura, en algunos casos es suficiente recurrir al elemento objetivo contemplado en la normativa, es decir, cuando se pacta un interés notablemente superior al habitual en el mercado y desproporcionado con las circunstancias del caso».

Dos fallos recientes del Tribunal Supremo esclarecen lo que se entiende por interés notablemente superior al usual en el mercado financiero, con el fin de determinar si un crédito «revolving» puede considerarse usurario.

Las resoluciones del Tribunal Supremo fechadas el 4 de mayo de 2022 y el 4 de octubre de 2022 reafirman la doctrina establecida en la sentencia del 4 de marzo de 2020 (Roj: STS 600/2020). Esta doctrina sostiene que, al determinar la referencia para el «interés normal del dinero» y evaluar si un interés es usurario, se debe utilizar el tipo medio de interés vigente en el momento de la celebración del contrato, correspondiente a la categoría específica a la que pertenezca la transacción crediticia en cuestión. Se destaca que el crédito revolving tiene una categoría específica dentro de la categoría más amplia de crédito al consumo, y es esta categoría específica la que debe ser considerada.

Aunque es cierto que la Sala 1ª del Tribunal Supremo emitió la sentencia del 13 de octubre de 2022 (Roj: STS 3602/2022), en dicho fallo no se analiza el tipo medio aplicado a los créditos revolving ni el índice comparativo utilizado en la instancia, que fue confirmado en casación (16,08%). En lugar de eso, se examinan los efectos del artículo 3 de la Ley de Usura, especialmente cuando la solicitud declarativa se refiere a la nulidad no de la totalidad del crédito, sino de la cláusula de intereses remuneratorios. La Sala 1ª del Tribunal Supremo determina que la declaración de un interés como usurario implica la nulidad del crédito.

En fecha 15 de febrero, a través de la STS 258/2023, la Sala primera del Tribunal Supremo establece una doctrina que establece que, para considerar abusivo un crédito revolving, la TAE aplicada debe superar en más de seis puntos porcentuales el tipo medio establecido por las tablas del Banco de España. Esto marca un umbral por primera vez para este tipo de intereses. El Tribunal Supremo indica ahora que el índice a considerar para determinar si el interés es notablemente superior al normal es la TAE, y la comparación debe hacerse con el interés medio aplicable en el momento de la contratación. En casos de contratos celebrados antes de la existencia de estos índices, se debe recurrir al tipo establecido para el año 2010, siendo esta la primera fecha conocida.

En la lucha contra la usura, el informe pericial económico adquiere protagonismo al ser la herramienta que permite fundamentar la argumentación legal. La jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo resalta la importancia de evaluar el «interés normal del dinero», y un peritaje económico especializado es esencial para determinar y demostrar con precisión este componente central.

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Categorías o Tipos de Préstamos Usurarios

a) Aquellos en los cuales se establece un interés significativamente superior al promedio del mercado y claramente desproporcionado respecto a las circunstancias particulares del caso;

b) Los préstamos en los que las condiciones pactadas resultan excesivamente desfavorables, siendo aceptadas por el prestatario debido a una situación angustiosa, falta de experiencia o limitaciones mentales evidentes; y

c) Aquellos en los que se presume haber recibido una cantidad mayor a la efectivamente entregada, sin importar su naturaleza o circunstancias.»

Es conocido que en situaciones de emergencia, es posible sucumbir a la desesperación y pasar por alto las condiciones de un préstamo solicitado, sin percatarse de que el interés aplicado puede considerarse usurario. No obstante, la solicitud de dinero de manera urgente o la búsqueda de préstamos en línea, especialmente en plataformas que exigen pocos requisitos y garantizan una transferencia inmediata, puede resultar sumamente tentador. Sin embargo, es crucial tener en cuenta que muchas empresas se aprovechan de la situación de necesidad del solicitante para atraparlo en la red de intereses abusivos, considerados como usura.

En el contexto de las categorías de préstamos usurarios, el informe pericial económico se posiciona como un aliado estratégico. Al analizar los elementos económicos y circunstancias específicas, el peritaje puede resaltar la desproporción y abusividad de los intereses, aportando claridad y objetividad a la argumentación legal.

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¿Qué ocurre si identifico que me están aplicando un interés considerado usura?

Es una situación totalmente impugnable y que no debe ser tolerada ni pasada por alto. Tanto la legislación como la jurisprudencia del Tribunal Supremo han dejado claro que los créditos y préstamos considerados usurarios serán sancionados con la anulación del contrato de préstamo.

Si bien identificar la usura es crucial, la confrontación legal requiere pruebas concretas y detalladas. El informe pericial económico, al presentar datos y análisis especializados, fortalece la posición del prestatario al proporcionar un respaldo técnico que refuta de manera contundente los intereses considerados excesivos.

En resumen, la anulación implica que el prestatario solo está obligado a devolver el monto original del préstamo, excluyendo cualquier carga por intereses. ¡La empresa financiera resulta perjudicada! En casos más graves o complicados, la disputa puede llegar a los tribunales.

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¿Cuáles son las repercusiones de un préstamo considerado usurario?

Para el prestamista, implica la anulación del préstamo, lo que significa que el prestatario únicamente estará obligado a reembolsar la cantidad original recibida. Esto implica que los intereses remuneratorios no se abonarán, exonerando así al prestatario de cualquier obligación futura de pagar intereses.

Ante la identificación de un interés considerado usurario, la presentación de un informe pericial económico se convierte en un paso estratégico. Este informe no solo respalda la reclamación, sino que también allana el camino para la eventual anulación del contrato de préstamo, ya que aporta una base técnica que respalda la nulidad de los intereses abusivos.

Como discutiremos más adelante, el Tribunal Supremo sostiene que, para determinar la abusividad de dicho interés, debe compararse con el tipo medio de interés máximo legal aplicable a operaciones de crédito a través de tarjetas y créditos revolving, según las estadísticas del Banco de España. Actualmente, este índice se sitúa en torno al 20 %.

La práctica de aplicar Tasas Anuales Equivalentes (TAE) abusivas o usurarias continúa siendo un fenómeno exitoso para diversas entidades financieras. En la actualidad, muchos consumidores que atraviesan situaciones difíciles experimentan complicaciones tanto en su situación financiera como emocional, viéndose obligados a recurrir a instancias judiciales para impugnar los intereses que están abonando. Esto se debe a la ausencia de una normativa que establezca porcentajes o parámetros específicos para determinar cuándo un interés debe considerarse usurario en una operación de crédito.

Se distinguen dos escenarios posibles:

Si el prestatario ya ha reembolsado una cantidad superior al capital inicialmente prestado, incluyendo intereses, el prestamista deberá reembolsar todas las cantidades que excedan el monto originalmente prestado.

Si el prestatario aún no ha reembolsado una suma equivalente al capital prestado, más los intereses, solo deberá devolver la cantidad pendiente hasta alcanzar la suma originalmente prestada, sin intereses.

El delito de usura se manifiesta principalmente en:

  • Microcréditos con bajos importes (50, 100, 200 euros).
  • Micropréstamos, generalmente de hasta 500 euros.
  • Créditos rápidos con plazos de reembolso muy cortos.
  • Créditos online de plataformas no reguladas.

La utilización del crédito revolving ofrecido por tarjetas.

A pesar de la regulación existente desde hace años, persisten numerosas reclamaciones contra entidades financieras por la aplicación de intereses considerados usurarios, siendo las tarjetas revolving un foco frecuente de este delito. Estas tarjetas, complejas en su estructura y con intereses generalmente elevados, han sido objeto de diversas resoluciones recientes, aunque la aplicación de la ley varía en este ámbito.

La obtención de estos créditos de rápida aprobación suele requerir ciertos requisitos adicionales, como demostrar algún tipo de ingresos. A pesar de constituir un «negocio rentable», el delito de usura asociado a estas prácticas es completamente ilegal.

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¿Cómo discernir entre un TAE con un interés considerado usurario y un tipo de interés elevado?

La situación más frecuente es que un tipo de interés considerablemente alto pueda justificarse al estar vinculado al riesgo inherente a la operación. Cuando el prestatario tiene la intención de emplear los fondos del préstamo en una operación particularmente lucrativa pero de alto riesgo, se entiende que el financiador, quien también podría estar expuesto al riesgo pero busca obtener beneficios significativos, proteja su inversión estableciendo un interés máximo legal superior al estándar o lo considerado «normal».

Es relevante destacar que el máximo interés legal en España para el año 2022 es del 8%, un valor sujeto a cambios anuales según la revisión del valor del dinero, que sirve como base para calcular las tasas de interés en deudas y demoras en los pagos de impuestos, siendo estas últimas tasadas en un 3,75%. Por otro lado, el interés general máximo es del 3%.

No obstante, no puede justificarse un incremento desmedido en el tipo de interés en operaciones de financiamiento al consumo, como ocurrió en el caso objeto de este recurso. Este aumento se basa en el riesgo asociado al elevado índice de incumplimientos relacionado con operaciones de crédito al consumo otorgadas de manera rápida, sin una debida verificación de la capacidad de pago del prestatario. Aunque se reconoce que situaciones particulares de un préstamo, incluyendo un mayor riesgo para el prestamista debido a garantías menores, podrían justificar, desde la perspectiva de la Ley de Represión de la Usura, un interés superior al considerado normal o medio en el mercado, como es el caso de las operaciones de crédito al consumo.

Por ende, la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tasas de interés significativamente superiores a las habituales facilita el riesgo de que una persona caiga en la sobredeuda. Como consecuencia, aquellos que cumplen regularmente con sus obligaciones se ven afectados por el elevado número de incumplimientos, y este grupo no puede recibir protección por parte del marco legal.

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¿Cuál es la distinción entre los intereses usurarios y los intereses moratorios?

Es crucial no confundir los términos de intereses usurarios e intereses abusivos, ya que representan conceptos diferentes.

Por un lado, el término interés usurario se refiere a los intereses remuneratorios, aquellos que se pagan por recibir un préstamo, cuando son excesivos. El Tribunal Supremo, según la sentencia del 25 de noviembre de 2015, establece que los intereses remuneratorios son considerados usurarios cuando el interés es «notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso».

Por otro lado, los intereses abusivos, también denominados intereses moratorios, están vinculados a los intereses de morosidad. En otras palabras, se habla de intereses abusivos solo cuando el tipo de interés es desproporcionado en términos porcentuales, específicamente cuando se aplica a los intereses moratorios, los cuales surgen como consecuencia de retrasos en los pagos.

En resumen, el delito de usura se centra en el cobro de intereses muy elevados en un préstamo o cualquier operación equivalente relacionada con los intereses de los pagos, no con la morosidad. Los intereses usurarios están estrechamente ligados al concepto de intereses abusivos.

Un TAE abusivo se aplica a los intereses remuneratorios, que representa el costo por recibir dinero a préstamo. Por otro lado, el término interés abusivo se refiere a los intereses moratorios, la compensación que el deudor paga al acreedor por el impago de una deuda.

En el ámbito jurídico, una denuncia por usura no se limita solo a un interés considerado usura y desproporcionado, sino que abarca, en general, el precio desorbitado de un préstamo.

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José Carlos Camacho Pérez

Soy economista y abogado. Experto en Informes Periciales Económicos y en Valoración de Empresas. Especialista en derecho concursal y Ley de segunda oportunidad.